@article{cd71bfeb71274dbeb9f65ec0188b0ba3,
title = "He resuelto autorizar el mencionado documento dotal que asegure a mi esposa de cuales quiera resultas que prometen las vicisitudes de los tiempos...",
author = "Sol{\`e}ne Bergot",
note = "Funding Information: Don Ram{\'o}n Err{\'a}zuriz, natural y vecino de la ciudad de Santiago de Chile en Am{\'e}rica, pr{\'o}ximo a regresar a ella y residente en esta plaza, digo: que prendado de las relevantes cualidades y dotes personales que adornan a do{\~n}a Mar{\'i}a B{\'a}rbara Mayo, que la hacen digna del m{\'a}s alto respeto y particular situaci{\'o}n, hija legitima de don Antonio Mayo ya difunto, vecino del comercio de esta ciudad, y Da. Mar{\'i}a Pinto, contraese y celebre con ella legitimo y verdadero matrimonio previos los requisitos y estatutos prescriptos por el Santo Concilio de Trento, y seg{\'u}n orden de nuestra Santa Madre la Iglesia, en veinte de enero pasado de este a{\~n}o.7 Aun antes de la celebraci{\'o}n de nuestro consorcio, me entreg{\'o} la Da. Ma-r{\'i}a B{\'a}rbara Mayo por dote y caudal suyo para ayudar a superar las cargas del matrimonio conforme lo hab{\'i}amos capitulado con consentimiento y anuencia de su madre, cinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos y veinte y ocho reales vell{\'o}n en ropa, muebles, alhajas y dinero efectivo met{\'a}lico, sin contar con la leg{\'i}tima que le correspondiera, por muerte de su padre Don Antonio Mayo, cuya testamentaria se est{\'a} liquidando, con la mayor actividad . . . , y rodeado entonces de las muchas y graves aten-ciones que me ofrec{\'i}a el arreglo y conclusi{\'o}n de mis asuntos y negocios, y de que no pod{\'i}a desentenderme, para el retorno a mi patria y domicilio,",
year = "2017",
month = jan,
day = "1",
language = "Espa{\~n}ol",
pages = "345--361",
journal = "Revista de Humanidades",
issn = "0717-0491",
publisher = "Universidad Nacional Andres Bello",
number = "35",
}